
Consultorio Popular
Veterinario
Fundado en 1992, somos el primero y único de carácter social en Medellín y nuestras tarifas son las más económicas

Lo recaudado por los servicios de salud de nuestro consultorio nos permite atender a animales de propietarios de escasos recursos

La Sociedad Protectora de Animales de Medellín es una entidad PARTICULAR que no recibe recursos oficiales para su sostenimiento. Nuestra labor es un servicio social VOLUNTARIO. No somos empleados públicos. No tenemos albergue ni ejercemos labores de autoridad ambiental
Nosotros
La Sociedad Protectora de Animales de Medellín fue fundada en el año 1917. Ha respaldado la creación de otras entidades encargadas de la defensa de los animales, incrementando un trato ético y ampliando la participación de la sociedad civil y el cumplimiento de los entes oficiales en la prevención del maltrato animal, el control de la población de fauna doméstica y la aplicación de la normatividad legal vigente en nuestro país en lo concerniente a las especies animales

Preguntas frecuentes
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La presión ejercida a diario con este tipo de demandas ha llevado al fracaso a muchas de las entidades de protección, que llegan a un punto de incapacidad para sostener poblaciones numerosas de animales abandonados. Ninguna entidad particular tendría los medios económicos suficientes para asumir el sostenimiento de tantos animales sin amo.
Cuando se presenta una situación de incapacidad para responder por un animal, la obligación moral es buscarle un adoptante entre familiares, conocidos, vecinos o amigos, asumiendo la responsabilidad que el propietario adquirió cuando lo llevó a su hogar.
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En Colombia debe hacerse en la corporación regional correspondiente a su entorno geográfico. Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creadas por la ley, integradas por las entidades territoriales, que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotadas de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargadas por la ley de administrar dentro del área de jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.
Las autoridades territoriales ambientales son:
EN ANTIOQUIA:
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá (CORPOURABA)
Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (CORANTIOQUIA)
Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare (CORNARE)
Área Metropolitana del Valle de Aburrá que ejerce funciones en diez municipios: Medellín, Bello, Copacabana, Girardota, Barbosa, Itagüí, Envigado, Sabaneta, Caldas y La Estrella.
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En Medellín, y a partir del 2001, el municipio construyó el refugio La Perla ubicado en el corregimiento de Altavista (Comuna 16). Lo hizo en cumplimiento a una acción de tutela que lo obligó a albergar a los animales abandonados en las calles. Ellos disponen de los vehículos necesarios y del personal preparado para hacer los rescates. Llámelos al teléfono 123.
Las denuncias sobre maltrato animal deben se deben remitir a la Inspección Ambiental, teléfonos 385 5555 extensiones 9763/ 9766/ 9771 / 9773.
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La adopción es la mejor opción. En lugar de comprar busque las entidades que pueden ofrecerle posibilidades de conseguir un animal de compañía, sano, competente y esterilizado. Normalmente han pasado por un periodo de observación antes de ser entregado a un nuevo hogar.
Al adoptar está ayudando doblemente: a mejorar las condiciones del que está limitado en su comportamiento, por permanecer en un medio saturado, y a disminuir la población del lugar donde está albergado. No entre en la moda de adquirir perros de razas que, por caprichos humanos y por comercialización incontrolada cambian frecuentemente, sin tener en cuenta que se trata de seres vivos, sujetos al maltrato al ser considerados como simples objetos.
Antes de adoptar tenga presente sus capacidades económicas, disponibilidad de espacio y tiempo que pueda dedicarle. No es lo mismo conseguir un perro para una casa que para una finca o para un apartamento.
Tenga presente las normas que le permiten su tenencia en las unidades de vivienda, tanto como las limitaciones. La ley 675 de 2001, que se refiere a las unidades inmobiliarias cerradas sometidas al régimen de propiedad horizontal, en su artículo 28, señala: “Los reglamentos de las unidades inmobiliarias cerradas establecerán los requisitos para la permanencia de mascotas (animales domésticos) pero en ningún caso podrán prohibirlos”.
- 05
La Sociedad Protectora de Animales inició el programa de esterilización masiva de caninos y felinos en el año 1998. Hasta la fecha, es la entidad que mayor cantidad de esterilizaciones ha realizado en el departamento de Antioquia.
En el consultorio de la Sociedad Protectora de Animales, previa cita telefónica, puede esterilizar a sus animales. Las tarifas son muy bajas ya que son de carácter social. Al esterilizar con nosotros, y gracias a su aporte, la entidad puede continuar con el servicio veterinario que no tiene ningún subsidio oficial.
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Los animales tienen derechos y las personas deben intervenir para que se cumplan.
Comience a ayudarles a los animales exigiendo que las autoridades hagan efectivas dichas leyes. Busque a otras personas que estén trabajando en la misma causa y entre todos pueden lograr un bloque para presionar las decisiones gubernamentales.
Ley 1774 del 6 de enero de 2016
"Por medio de la cual se modifican el Código Civil, la ley 84 de 1989, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y se dictan otras disposiciones"
Ley 746 de 2002
Acuerdo Municipal N.º 49 de 2003
Protocolo 9 de 2007
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Si está en Medellín puede llamar a la inspección especial encargada del tema, al teléfono 123.
En Colombia existe la ley 1774 de 2016 que puede consultar en internet. Contempla las contravenciones contra los animales y la aplicación de las respectivas sanciones. Léala y ponga el denuncio del caso en una inspección de policía, ya que son los inspectores las autoridades encargadas de aplicar la normatividad.
Mecanismos de defensa:
Cuando el funcionario no ha dado respuesta a la petición formulada dentro de los términos perentorios, procede la reiteración a un derecho de petición. Esta consiste en el envío de una carta al funcionario recordándole que se espera de él la respuesta a la petición inicial.
La desatención y las dilaciones indebidas en la tramitación y respuesta de las peticiones por la autoridad constituyen causal de mala conducta, que lleva a sanciones disciplinarias; la vulneración a este derecho fundamental se defiende o protege con la acción de tutela.
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El artículo 23 de la Constitución Política de Colombia expresa:
"Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución".
Con el derecho de petición se busca el acercamiento entre el ciudadano y el estado, otorgándole a la persona un instrumento idóneo con el cual acuda ante él en busca de una información o con el fin de que se produzca un pronunciamiento oportuno por parte del aparato estatal. Se ha sostenido que el derecho de petición es una "llave que abre fronteras".
Con el derecho de petición se pretende:
Que se dé comienzo a una actuación administrativa
Que se permita el acceso de los gobernados a la información sobre las acciones de los gobernantes
Que se den a conocer documentos oficiales no reservados, con el fin de que expidan copias de los mismos
Que se emitan conceptos acerca de las materias a su cargo
Requisitos:
El derecho de petición debe contener como mínimo:
Fecha
Designar la autoridad a quien va dirigido
Nombres y apellidos del peticionario
Motivos y razones de la petición
Relación de las pruebas
Firma y dirección del peticionario
La respuesta de la autoridad:
La autoridad debe resolver el asunto planteado. No constituye respuesta la simple manifestación: "se resolverá después". Debe ser clara, precisa, adecuada, efectiva y oportuna.
Los términos para la respuesta por parte de la autoridad son:
Para expedir copias de documentos 3 días hábiles
Para suministrar informes 10 días hábiles
Si son quejas, reclamos, 15 días hábiles
Para consultas sobre materias a su cargo 30 días hábiles
Dónde se presenta un derecho de petición:
En Medellín puede dirigirse a una inspección municipal de policía o a la Secretaría de Gobierno, oficina 309. O en el despacho del Funcionario correspondiente.
Dirección: calle 44 # 52-165
Medellín, Colombia
Secretaría de Gobierno e Inspecciones Municipales de Policía
Horario Atención: 8:00 a 12:00 y 14:00 a 16:00 horas
Dirección: Calle 44 52-165
Teléfono: +57 (4) 385 53 23; 385 53 24; 381 81 81 La Alpujarra
Observaciones:
En caso de necesitar asesoría puede dirigirse a:
Personería de Medellín
Calle 44 52-165 Of. 110.Medellín, Colombia.
Tel: +57 (4) 385 50 16, 385 50 21
Fax: +57 (4) 381 18 47
http://www.personeriamedellin.gov.co
FORMATO PARA INTERPONER UN DERECHO DE PETICIÓN
Medellín, ___________________ de ______________
Señor (o institución) (Nombre del funcionario)
Ciudad
Asunto: Derecho de Petición
____________________________ciudadano (a) colombiano (a), identificado (a) con la cédula de ciudadanía número __________________ de ______________, residente en (dirección) ____________________ teléfono_______________ en ejercicio del DERECHO DE PETICIÓN consagrado en el art. 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del art. 5º del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su Despacho, con el fin de solicitarle me informe:
(ESCRIBA AQUÍ SU SOLICITUD QUE PUEDE SER UNA QUEJA, CONSULTA O RECLAMO)__________________________________________________________________Motiva esta petición que (MANIFIESTE LOS MOTIVOS DE LA PETICIÓN) ________________________________________________________
Favor responderme dentro del término legal y al amparo del derecho constitucional invocado, a la dirección anotada al inicio de este escrito.
Atentamente,
_________________________________
C.C. _________________ de _________________